lunes, 5 de diciembre de 2016

EL CONTRATO DE TRABAJO EN LA REPÚBLICA DOMINICANA

Dr. Juan José de la Cruz Kelly
Experto en asuntos Laborales y de Seguridad Social
Concepto, Elementos y Tipos de Contratos.

         En principio debemos determinar que en el Código Civil no aparece el vocablo contrato de trabajo, sino que en el código napoleónico se refiere a “locación de servicios”, pero en su evolución y expansión este contrato orientó a la doctrina de finales del siglo XIX a adoptar un nuevo nombre “Contrato de Trabajo”.

         El contrato de trabajo es definido por el Código Laboral en su artículo primero como una convención por la cual “una persona se obliga, mediante una retribución a prestar un servicio personal a otra, bajo la dependencia permanente y dirección inmediata o delegada de ésta.

De acuerdo a las disposiciones contenidas en el artículo 1 del Código de Trabajo, los elementos constitutivos del contrato de Trabajo son:

Ø  La prestación de un servicio,

Ø  La subordinación jurídica, y

Ø  La remuneración,


2.2 Diferentes tipos y modalidades del contrato de trabajo

         El artículo 25 del Código de Trabajo, clasifica los contratos de trabajo de acuerdo a su duración (por tiempo indefinido, por cierto tiempo o para una obra o servicio determinados); por la forma (verbal o escrita); por el carácter de la relación de trabajo (individual o colectivo). También se refiere a contratos estaciónales o de temporada (artículo 29 del Código de Trabajo), y los trabajos ocasionales (artículo 32 del Código de Trabajo).

1.   Contrato por tiempo indefinido: (Art.28 C.T.) Este es el contrato por excelencia. Es aquel que es ininterrumpido, donde el trabajador debe prestar sus servicios todos los días laborables, sin otras suspensiones y descansos que los autorizados por la ley o los convenidos entre las partes y que la continuidad se entienda indefinidamente

2.   Contrato por cierto tiempo: (Art. 33 C.T.)Es un contrato de excepción. Los casos en que puede celebrarse están limitativamente señalados por la ley. Los contratos de trabajo celebrados por cierto tiempo fuera de estos casos legalmente permitidos, o para burlar las disposiciones del C.T se consideran hechos por tiempo indefinido. Los contratos por cierto tiempo terminan sin responsabilidad para las partes con la llegada del plazo convenido. Este término no permite la tácita reconducción del contrato de trabajo por cierto tiempo, siendo legalmente, el nuevo contrato que se forma de continuar prestando el trabajador los mismos servicios al empleador “por tiempo indefinido y se considerará que ha tenido este carácter desde el comienzo de la relación de trabajo.

3.   Contrato para obra o servicio determinados: deben redactarse por escrito (Art.34 CT).  Solo pueden celebrarse cuando lo exija la naturaleza del trabajo (Art.31 CT). Tienen lugar generalmente en la industria de la construcción. Terminan sin responsabilidad para las partes con la prestación del servicio o con la conclusión de la obra. Sin embargo, se reputan por tiempo indefinido cuando el trabajador labore sucesivamente con un mismo empleador  en más de una obra determinado, entendiéndose por labor sucesiva cuando el trabajador empieza a laborar  en otra obra del mismo empleador iniciada en un período no mayor de dos meses, después de concluida la primera.

4.   Contrato de trabajo por temporada: Se trata de trabajos que por su naturaleza sólo duran una parte del año, son contratos que expiran sin responsabilidad para las partes, con la terminación de la temporada. Sin embargo, cuando el trabajo se extienda por encima de los cuatro meses, el trabajador tendrá derecho a la asistencia económica, establecida en el Art.82.

5.   Trabajadores estaciónales de la industria azucarera: se consideran trabajadores  por tiempo indefinido sujetos a las reglas establecidas para éstos en caso de desahucio, salvo disposición contraria de la ley o del convenio colectivo. Los períodos de prestación del servicio, correspondientes a varias zafras o temporadas  consecutivas, se acumularán para la determinación de los derechos del trabajador.

6.   Trabajadores eventuales, móviles u ocasionales: En la práctica, estos tipos de trabajos se conocen con el nombre de móviles. Estos contratos tienen lugar  en ocasión de los trabajos que tienen por objeto intensificar temporalmente la producción, o responder  a circunstancias accidentales de la empresa o cuando la necesidad de su trabajo  cesa en cierto tiempo. Terminan sin responsabilidad para las partes con la conclusión del servicio “si ocurre antes de las los tres meses contados desde el inicio del contrato.

7.   Contrato de trabajo por equipo: La contratación se realiza en este caso, entre el empleador y un grupo de trabajadores, representados por un director o jefe de equipo;  los trabajadores no son  individualmente, sino en conjunto, constituye un grupo (organización, equipo, orquesta etc). En este tipo de contrato cada integrante del equipo está ligado por contrato individual de trabajo con el empleador que utiliza el grupo o equipo.

8.   Contrato de Trabajo verbal: Es aquel que no consta por escrito,  cuyo contenido, esto es, las condiciones bajo las cuales se presta el servicio, las obligaciones de las partes, no figuran, no constan en un instrumento escrito. Este es el contrato de trabajo corriente.

9.   Contrato de Trabajo por escrito: Tiene lugar principalmente, en los contratos  por cierto tiempo o para obra o servicio determinado, en los casos de los altos empleados, técnicos o trabajadores altamente calificados, en ciertas empresas muy organizadas, que usan de contratos modelos impresos, donde constan, generalmente, las especificaciones  mínimas de la ley, y que los trabajadores firman  al momento de ingresar a las mismas.

Este debe hacerse en Cuatro (4) originales, uno para cada una de las partes, y los otros dos para ser remitidos por el patrono a la Secretaría de Estado de Trabajo.

Debe contener: 1- Nombre y apellido, nacionalidad, sexo, estado civil, domicilio y residencia; 2- El servicio que el trabajador se obliga a prestar, las horas y el lugar de hacerlo; 3- la retribución que habrá de percibir; 4- La duración del contrato de trabajo.

LOS SUJETOS DEL CONTRATO DE TRABAJO

En el caso individual de trabajo intervienen, de un lado, el empleador, y del otro, el trabajador. Ellos son los sujetos del contrato. En otros términos, son sujetos del contrato de trabajo aquellos que como trabajador o como empleador intervienen en el mismo, o quienes como trabajadores o como patrono, con una calidad o con otra, controlan la prestación de sus servicios o los servicios ajenos, esto es contrato de trabajo.

Es preciso distinguir los sujetos del contrato de trabajo de los sujetos del derecho del trabajo, ya que son aquellos a quienes se les aplica esta disciplina jurídica; a los que tiene la potestad de exigir su cumplimiento y los comprendidos en sus beneficios u obligaciones.

Los sujetos del derecho del trabajo, por tanto, pueden ser individuales o colectivos (una asociación profesional, un sindicato, una coalición), el trabajador, el empleador. En cuanto que todos son los sujetos del contrato de trabajo son también del derecho del trabajo, pero no ocurre con los últimos.

52 comentarios:

  1. Me pareció bastante importante leer este articulo, pues entiendo que es importante realizar un contrato por escrito, no importando que tipo de contrato sea, este te ayuda a eximirte de cualquier tipo de demanda ante la ley.

    ResponderEliminar
  2. Excelente Artículo, aporta en resumen sobre el los contratos de trabajo y sus clasificaciones. Ayuda a tener una comprensión sobre este tema. }
    Arlin Feliu.

    ResponderEliminar
  3. Excelente y practico material de estudio.

    ResponderEliminar
  4. Muy buena la información, es de suma importancia tener los conocimientos expresados en este artículo, este material tan practico permite que sea captado de manera mas clara y fácil.

    ResponderEliminar
  5. El contrato de trabajo formaliza la relación laboral entre empleadores y trabajadores. Entiendo que para formalizar debidamente y para fines legales en más apropiado el contrato escrito pues este evidencia a detalle las partes que intervienen en el mismo, puesto a ocupar la persona a contratar, salario, horario de trabajo, lugar de trabajo, tiempo a ser contratado según las diferentes tipos o modalidades de contratos, entre otros.

    ResponderEliminar
  6. Excelente e interesante escrito, explica claramente los diferentes tipo de contrato de trabajo y se puede entender la importancia de cada uno de ellos.

    ResponderEliminar
  7. BUENAS TARDE ESTE ARTICULO ES DE SUMA IMPORTANCIA YA QUE LOS CONTRATOS DE TRABAJO TODOS NO SON IGUALES Y CADA UNO SE DEBE APLICAR O ELABORAR SEGUN LA NECESIDAD DE LA EMPRESA , ME PARECE EXCELENTE INFORMACIÓN TANTO PARA EL EMPLEADOR COMO PARA EL COLABORADOR, SIEMPRE ES BUENO EVIDENCIAR EL TIPO DE COMPROMISO Y MAS CUANDO SE TRATA CUMPLIR OBLIGACIONES POR LAS CUALES SE RECIBE O PAGAN RESTRIBUCIONES.

    ResponderEliminar
  8. ESTE ARTICULO PODEMOS OBSERVAR COMO SE DEFINEN LAS CONDICONES DE LAS OBLIGACIONES TANTO DEL TRABAJADOR COMO DEL EMPLEADOR ACOGIÉNDOSE A LAS LEYES VIGENTES DEL CODIGO DE TRABAJO DE LOS DIFERENTES TIPOS DE CONTRATOS, SEGUN LA NECESIDAD DE LA EMPRESA.
    ARMANDO CESPEDES DE LA ROSA.

    ResponderEliminar
  9. Buen contenido del articulo, considero una herramienta muy útil solo para los que trabajamos en Recursos Humanos, sino también para cualquier persona que esta activo en campo laboral, ya que este articulo en un lenguaje sencillo explica los diferentes tipos de contratos que existen y su contenido. Excelente aportación.

    ResponderEliminar
  10. Excelente material, es muy importante la realización del contrato de trabajo ya que es un acuerdo que cubre la relación laboral de una empresa y un colaborador, lo que permite que ambas partes comprendan claramente sus obligaciones y las condiciones de empleo, ya que muchas veces cuando es algo temporal he escuchado de lugares que no lo ven como necesario no sabiendo que esta acción es un arma de doble filo.

    ResponderEliminar
  11. Este comentario ha sido eliminado por el autor.

    ResponderEliminar
  12. Claro y preciso el contenido, aporta elementos claves concernientes al contrato de trabajo, tipos y modalidades. La ley estipula las formalidades que el mismo conlleva para salvaguardar los derechos y asentando las responsabilidades tanto del empleador como del empleado.

    ResponderEliminar
  13. Este artuculo tiene un contenido bastante claro, nos muestra la definicion y elementos que compones un contrato de trabajo, sobre todo nos explica como cada contrato es diferente y por ende las demandas son distinta. excelente contenido.

    ResponderEliminar
  14. Saluditos virtuales. Excelente articulo donde nos muestra de una forma detallada la definición y el origen de un contrato, las distintas formas que se pueden aplican según la necesidad de la empresa, cual es su base legal. En síntesis identifica el compromiso del empleador y colaborar ya que hay de por medio servicios y retribución.

    ResponderEliminar
  15. Saludos Sr Kelly. Que interesante conocer los diferentes tipos de contrato, muchas veces no sabemos de ellos hasta que nos toca pro puede que nunca se de el caso, así que como cultura general acerca del derecho laboral me parece super acertado su artículo.

    ResponderEliminar
  16. Conocer los requisitos para que el contrato de trabajo pueda considerarse como tal es importante, ya que de esta forma y siendo claros con la elaboración del mismo, poniendo todo por escrito, podremos tener una buena relación laborar jefe empleado, respetando las leyes laborales y evitando posibles malos entendidos.

    ResponderEliminar
  17. Excelente contenido, es muy necesario nosotros como profesionales tengamos esos conocimientos sobre los contratos

    ResponderEliminar
  18. Muy buen artículo. En este nos da una breve reseña de cómo comenzó el nombre de contrato de trabajo y lo esencial de el mismo. Después nos explica sobre los diferentes tipos de contratos y una definición de cada uno. Esto es muy importante que el departamento de gestión humana como también cualquier persona en cualquier departamento tenga conocimientos ya que está prestando servicios a una compañía para así tener claro el fin de contrato y lo que establece el codigo laboral sobre ese contrato.

    ResponderEliminar
  19. Interesante material de estudio, muy claro y preciso acerca de todo lo relacionado con el contrato de trabajo.

    ResponderEliminar
  20. Elaine

    Interesante Material normalmente uno siempre habla de 3 contratos , por tiempo definido , por obras y servicios y por tiempo indefinido, pero aqui el DR . en leyes nos hace mencion de todos los tipos de contrato y sus modadlidades , sus formas y contenido .

    ResponderEliminar
  21. Este comentario ha sido eliminado por el autor.

    ResponderEliminar
  22. El contrato de trabajo es importante por que formaliza la relacion laboral entre empleadores y trabajadores, lo que permite que ambas partes comprendan claramente sus obligaciones y las condiciones de empleo.
    El art. 1 del Código Laboral nos dice que el contrato de trabajo es aquel por el cual una persona se obliga, mediante una retribución, a prestar servicio personal a otra bajo la dependencia y dirección inmediata o delegada de esta.

    ResponderEliminar
  23. Este articulo me parece muy interesanto y sobretodo muy util tanto para estudiantes como para profesionales, pues explica de forma llana todo lo concerniente con el contrato de trabajo, de manera que sea facil de comprender.

    ResponderEliminar
  24. Muy buen articulo y sobre todo de fácil comprensión. Ya sabemos que un contrato de trabajo es un acuerdo entre el empleado y el empleador, donde el primero presta sus servicios a cambio de un salario. Para mi era normal escuchar hablar del contrato de trabajo por tiempo indefinido, por cierto tiempo y por temporada, pero este articulo viene a dar un gran aporte a mis conocimientos con estas otras modalidades de contrato de trabajo, las cuales debemos tener bien claras y definidas, mas aun en esta área en la cual nos estamos desarrollando.

    Luz Mota

    ResponderEliminar
  25. Este articulo esta bastante coherente con la realidad del uso jurídico de los contrato, o de los tipos de acuerdo entre un empleador y un empleado, me gusta la forma sencilla y diáfana conque explica los diferentes puntos importantes y su inherente diferencia entre uno y otro...
    lo importante de este articulo es que te da un norte de que instrumento usar según sea el caso que se aborde, aunque en Dominicana el uso del contrato verbal es el mas usado, es importante entender que también tiene sus reglas, es regido por la Secretaria del trabajo y esta contemplado en el Código laboral Dominicano Vigente.

    Rosally A. Peña

    ResponderEliminar
  26. Claro y presiso, principalmente para los que no pertenecemos a la carrera del derecho y dadas ocaciones no entendemos ciertos términos. Y que ademas es un tema del cual todo ciudadano debe estar conciente y claro.

    Katihulka Rodriguez

    ResponderEliminar
  27. Interesante articulo, al momento solo pensaba que existia los 3 principales que siempre son mecionados pero veo que tambien existen otras modalidades que se ocupan dependiendo del caracter con que el trabajador y el empleador llegan a un convenio.

    Gracias por abordar este tema tan importante Dr.

    Analis Suarez

    ResponderEliminar
  28. La legislación social y del trabajo en la República Dominicana se inicia en la década de los treinta del siglo XX. Es propiamente uno de los hechos positivos de la llamada era de Trujillo.

    Ahora bien, desde todos los tiempos y con anterioridad a la implementación de la Ley 16-92 conocida como el Código de Trabajo, se han celebrado relaciones laborales, que no es más que el nexo entre un patrono o empleador y su empleado o trabajador, donde éste último presta sus servicios al primero, bajo tres elementos importantes:

    1. Una condición de subordinación

    2. Durante una jornada determinada

    3. A cambio de una remuneración.

    Sin embargo, esas relaciones laborales, en su mayoría, no se hacían constar por escrito, teniendo como consecuencia que muchos de los deberes y obligaciones de las partes no contaran con ningún respaldo o garantía de cumplimiento.

    En este artículo, podemos observar los inicios de contrato de trabajo y los aspectos fundamentales para elaborar un contrato. Seguidamente, nos específica sobre los diferentes tipos de contratos, según el artículo 25 del Código de Trabajo, clasifica los contratos de trabajo de acuerdo a su duración:

    Por tiempo indefinido, por cierto tiempo o para una obra o servicio determinados); por la forma (verbal o escrita); por el carácter de la relación de trabajo (individual o colectivo). También se refiere a contratos estaciónales o de temporada (artículo 29 del Código de Trabajo), y los trabajos ocasionales (artículo 32 del Código de Trabajo), indica una breve definición de cada uno.

    Esta información es de suma importancia para nosotros como gestores de Recursos Humanos, sin dejar de mencionar que también es e utilidad para cualquier persona en cualquier departamento, porque en determinado momento estará prestando servicios a una organización.

    Por último, importante realizar un contrato por escrito, independientemente el tipo, pues esto nos salvaguardará de demandas legales y elaborará a la necesidad de la empresa.

    Patricia Mendoza Orellana

    ResponderEliminar
  29. Me ha parecido muy enriquecedor el contenido expuesto en este artículo, y de toda la información aquí aportada me quedo con los tipos de contratos:
    - Por su forma: Oral o Escrito.
    - Por tiempo: Indefinido, cierto tiempo y por obra o servicio determinado.
    - Por la cantidad: Grupal o Individual.

    ResponderEliminar
  30. Este comentario ha sido eliminado por el autor.

    ResponderEliminar
  31. Un contrato será la herramienta que dará seguridad y protección a ambas partes: al trabajador le otorga claridad en sus funciones y garantiza sus derechos laborales, y a la empresa le da la certeza de que el empleado conoce sus obligaciones y que de forma voluntaria ha acordado cumplir las condiciones establecidas.

    La forma en como desarrolles un contrato dependerá en gran medida de la razón social de tu empresa, las funciones de cada área y la responsabilidad que pretendes conferirle a tu personal, solo eso sí, entre más específico seas obtendrás mejores resultados, pues con ello evitarás confusión para ambas partes.

    ResponderEliminar
  32. Muy interesante la exposicion pude aprender cuando le da el nombre de código de trabajo al mis y que es sumamente importante saberlo redactar ya que es nuestra herramienta de defensa en cualquier situacion laborar que se presente con el contratante y empleado, tambien quedan claros los acuerdos realizados entre las partes

    ResponderEliminar
  33. Es de suma importancia tener claro que un contrato es un acuerdo legalmente vinculante entre dos partes, la empresa y el empleado, y está diseñado para dar seguridad y protección a ambas partes.

    Para el empleado, el contrato aporta la seguridad de trabajar en un negocio profesional que ha definido claramente sus obligaciones y el acuerdo respecto a todos los términos del empleo.

    Para la empresa, permite tener la seguridad de que el empleado es totalmente consciente de sus obligaciones y que ha acordado cumplir los términos establecidos.

    Sobretodo que tipo de contrato estamos utilizando o bajo cual laboramos,para llevar siempre en cuenta nuestros deberes y responsabilidades

    ResponderEliminar
  34. Me parece muy interansante el articulo los contratos de trabajo que los elementos constitutivos son la prestacion de servicios, la remuracion y subordinacion y que los diferntes tipos de contratos de trabajo son: por tiempo indefinido, contrato por cierto tiempo este termina sin responsabilidad para las parte, y contrato por obra o servicios determinado.

    YENNIFFER SANTANA BRYAN

    ResponderEliminar
  35. Excelente forma de explicar con todo detalle lo referente al contrato de trabajo, es de suma importancia que todos conozcamos los conceptos involucrados a la hora de realizar o firmar algun contrato y también que es lo que establece la ley en nuestro pais.
    Belkis Yolanda Poueriet

    ResponderEliminar
  36. Me parece muy bueno este material, por que estas muy claro y de tallado todo lo referente a los tipos de contratos y la responsabilidad que lleva cada uno.

    ResponderEliminar
  37. Excelente material, necesario que conozcamos en detalle los mismos como gestores de Recursos Humanos, sus características, diferencias, etc.

    Ana Pamela Mercedes B.

    ResponderEliminar
  38. Personalmente desconocía la cantidad de contratos de trabajo que existían. Creo fielmente es indispensable conocer cada uno de ellos para nuestros desarrollo en él área de RRHH y para nuestro día a día, pues lamentablemente vivimos en una burocracia que se rompe por el lado mas débil. Los contratos tanto escritos como verbales tienen importancia ante un un juez y conocernos nos ayudarán a defender nuestros derechos.

    ResponderEliminar
  39. Este lo considero como uno de los temas mas importantes de todo el diplomado, y tambien del area de gestion humana, porque detalla minusiosamente todo lo referente al contrato de trabajo, habla de sus elementos constitutivos , de los tipos de contratos que hay.
    En fin, de todo lo que tenemos que tomar en cuenta a la hora de elaborar un contrato de trabajo

    ResponderEliminar
  40. Un articulo sumamente interesante y completo, pues explica claramente los diversos contratos de trabajo que existen en nuestra legislación. Informaciones como estas deberían ser divulgadas con regularidad en razón de que son datos que regularmente utilizamos en la cotidianidad, ya sea en nuestras empresas como fuera de ellas, y el tener estos conocimientos evitaría los posibles conflictos que podrían surgir entre los sujetos del contrato. El Dr. Kelly en una ocasión refirió que la actualidad requieren modificaciones en el ámbito de la educación y "las relaciones laborales" seria una de las asignaturas necesarias para el desarrollo del individuo moderno en la sociedad.

    ResponderEliminar
  41. Este artículo ha sido claro, preciso y conciso en cuanto a los diferentes tipos de contratos de trabajo y la importancia de poner por escrito cualquiera de ellos (aunque hay diferentes formas de hacerlo), para salvaguardar siempre los derechos tanto del trabajador como del empleador.

    ResponderEliminar
  42. Las informaciones y actualizaciones de los artículos y aspectos de las leyes laborales son muy importantes; por lo que, publicar artículos con orientaciones de temas laborales y sobre todo de los tipo de contratos de trabajo es de gran valor. Tal cual señaló otra persona, agradecemos que se tomen el tiempo para apoyarnos con este y otros temas laborales.

    ResponderEliminar
  43. Considero muy valiosos los aportes de este artículo, pues son de suma importancia, ya que nos explica claramente la diferencia entre cada uno de los contratos, lo cual es un tema bastante común y que en ocasiones se suele confundir e incluso no redactar de manera correcta. Me parece necesario que todo profesional del área de Recursos Humanos o areas similares se actualicen constantemente en estos temas que suelen formar parte de su rol en el día a día y que tienen una gran implicación para la empresa.

    ResponderEliminar
  44. Excelente, artículo, aquí nos revela un resumen importante de los tipos de contratos de trabajo, su modalidad y especialmente con base legal clara, realmente este es una joya, principalmente para mi y aquellos que estamos comenzando a familiarizar con el código de trabajo.

    Es oportuno decir que este artículo, debe ser parte de la inducción de los gestores de Recursos Humanos, áreas administrativas y aquellos que tienen personal bajo su supervisión

    ResponderEliminar
  45. Este articulo es edificante e instructivo ya que nos explica de una manera mas clara un tema muy importante en nuestra área que son los temas de contrato y sus tipos , ya que podemos apreciar claramente sus diferentes características y especiaciones

    ResponderEliminar
  46. En conclusión, los contratos de trabajo son clasificados mediante su duración, tiempo indefinido o por obra, pueden ser verbal como escrito. Pueden ser por responsabilidad y sin responsabilidad dependiendo el contrato.

    ResponderEliminar
  47. El artículo presentado ofrece una visión completa e informativa sobre el contrato de trabajo en la República Dominicana. Destaca los elementos esenciales del contrato, como la prestación del servicio, la subordinación jurídica y la remuneración.

    Asimismo, clasifica detalladamente los distintos tipos de contratos existentes, según su duración, forma y naturaleza, incluyendo contratos por tiempo indefinido, por cierto tiempo, para obra o servicio determinado, por temporada, eventuales, por equipo, verbales y por escrito.

    El texto también aborda los sujetos del contrato de trabajo, diferenciando entre el empleador y el trabajador, y los distingue de los sujetos del derecho del trabajo.

    En general, el artículo constituye una referencia valiosa para comprender los aspectos fundamentales del contrato de trabajo en la República Dominicana.

    ResponderEliminar